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Los logopedas, también facilitadores de la comunicación en la justicia

byCOLC/21 de mayo de 2024/inNoticias

El Colegio pide desarrollar la figura del logopeda facilitador de la comunicación en la justicia, conforme a la Ley 8/2021.

El Colegio Profesional de Logopedas de Canarias (COLC), secundando la iniciativa del Consejo General, se suma a su solicitud de visibilizar e implementar en las islas la figura del logopeda facilitador de la comunicación para dar apoyo a personas con discapacidad en los procedimientos judiciales y notariales, como prevé la Ley 8/2021, pero también en otros administrativos o penales.

La Ley 8/2021, de 2 de junio, reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta que las dificultades en el lenguaje oral y/o escrito suponen una barrera para el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, por lo que se hace necesaria la figura del facilitador de la comunicación. El papel del logopeda como facilitador es el de garantizar la participación efectiva e igualitaria de las personas con discapacidad en los procedimientos legales.

En este momento, al Colegio no le consta que haya logopedas facilitadores trabajando en Canarias en las circunstancias y ámbitos que recoge la citada Ley, judicial y notarial, y para las personas que presentan dificultades del lenguaje y/o de la comunicación o esta es deficiente.

Esta actuación del facilitador está prevista para casos de curatelas y guardas de personas con discapacidad en el momento de cumplir los 18 años, pero podría ser en otros casos en que es preciso valorar y adaptar la comunicación a la persona con discapacidad, o porque de forma temporal presenta una comunicación deficiente. Podría ser el caso de pacientes traqueostomizados o laringectomizados, por ejemplo, en que se requiere su declaración judicial o notarial.

La función del facilitador logopeda es hacer la valoración y la adaptación necesaria (lectura fácil, sistemas alternativos de comunicación, etc.). Además de reunirse con jueces, fiscales, abogados o notarios, en cada caso, para acordar la intervención de la persona con discapacidad.

A diferencia del perito, el facilitador no interviene en la sala. “Ayudan a las personas con discapacidad a entender y a tomar decisiones informadas, asegurándose de que las cosas se explican y se hablan de forma que puedan comprenderlas y que se proporcionan los ajustes y el apoyo adecuados. Los intermediarios son neutrales y no hablan en nombre de las personas con discapacidad ni del sistema de justicia, ni dirigen las decisiones o resultados o influyen en ellos”. Así lo recoge la Organización de Naciones Unidas, en su documento “Principios y directrices internacionales sobre el acceso a la justicia para las personas con discapacidad”.

Formación y competencia del logopeda

Por otra parte, el logopeda es el profesional especialista en abordar las dificultades del lenguaje y la comunicación. Luego es el profesional idóneo como facilitador en el ámbito de la Justicia, porque cuenta con la formación y la competencia profesional para ayudar a personas con dificultades de comunicación oral o escrita a entender y tomar decisiones informadas, con los apoyos adecuados.

El Comité Ejecutivo del Consejo General de Colegios de Logopedas creó en marzo de 2022 la Comisión sobre Facilitadores de la Comunicación en Justicia para consolidar la figura del logopeda en sus funciones de facilitador de la comunicación.

La Comisión establece que el logopeda, como facilitador, puede ayudar a comunicarse de manera efectiva, mediante el uso de medios de comunicación aumentativa-alternativa y otras estrategias de interacción, a personas que presentan: afasia, anomalías en la faringe o la laringe, dificultades de aprendizaje, disartria, discapacidad intelectual, dislexia, enfermedades neurodegenerativas, hipoacusia, presbiacusia o sordera. También en parálisis cerebral infantil, trastorno del espectro autista (TEA), trastorno específico del lenguaje, trastornos de la atención con/sin hiperactividad, trastornos genéticos (síndrome de Down, síndrome de X frágil, síndrome de Rett, etc.).  Y en cualquier otra situación en la que una persona vea afectada su capacidad de expresión o comprensión.

Se trata, por tanto, de avanzar y hacer efectivo este derecho, y buscar las fórmulas para que se puedan dotar los recursos materiales y humanos necesarios por parte de las comunidades autónomas. Si bien en la Ley de 2021 se recoge que este servicio será a cuenta de la persona que lo requiere.

También es necesario avanzar en la formación específica de los logopedas en este ámbito, para lo cual el Consejo General puso en marcha en 2022 un proyecto piloto dirigido a los colegiados interesados en realizar funciones de facilitador de la comunicación en la justicia.

En el curso se aborda la parte jurídica (ámbito civil), sistemas de lectura fácil y sistemas alternativos de comunicación.

Pero como señala uno de los colegiados del COLC asistentes al curso, “el desarrollo de todo esto en la práctica está todavía en pañales”.

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